La IA en RR. HH. no es automáticamente de alto riesgo
Un ATS que guarda CV, agenda entrevistas o redacta una oferta neutral no es automáticamente un sistema de IA de alto riesgo. Importan la finalidad prevista y el uso concreto. El anexo III incluye, entre otros casos, anuncios de empleo dirigidos, análisis o filtrado de candidaturas, evaluación de candidatos y decisiones sobre condiciones de trabajo, promoción, despido, asignación de tareas o supervisión de trabajadores. Las reglas para esos sistemas se aplican desde el 2 de diciembre de 2027. El AI Omnibus entró en vigor el 27 de julio de 2026. La fecha del 2 de agosto de 2028 corresponde a productos regulados y componentes de seguridad del anexo I, no al software ordinario de selección.
AI Act, European Commission.
El artículo 6.3 solo ofrece una excepción estrecha. El sistema no debe crear un riesgo significativo ni influir materialmente en una decisión. Puede ser una tarea procedimental limitada, mejorar una actividad humana ya terminada, detectar patrones sin sustituir ni influir en una valoración humana revisada, o una tarea preparatoria. Un sistema del anexo III que elabore perfiles de personas físicas sigue siendo de alto riesgo con independencia de estas excepciones. Documente finalidad, entradas, salidas, posibilidad de anulación y motivo de la excepción.
Preguntas para el proveedor del ATS
¿Qué hace el modelo? ¿Ordena, filtra o recomienda candidatos? ¿Qué datos y variables sustitutivas usa? ¿Hay perfilado? ¿Puede selección ver razones, corregir datos y anular el resultado antes de una decisión relevante? ¿Qué pruebas de sesgo, control de cambios e incidentes existen? El proveedor puede ser provider y el empleador suele ser deployer. Sus deberes son distintos.
El provider de un sistema de alto riesgo responde de controles, documentación, gestión de riesgos y registros bajo su control. El artículo 19 exige conservarlos un tiempo adecuado al fin, al menos seis meses, salvo que otra norma disponga otra cosa. El deployer debe seguir instrucciones, vigilar la operación, asignar supervisión humana efectiva e informar a las personas afectadas cuando la ley lo exija. La supervisión humana no es una firma automática. El artículo 22 del GDPR tiene su propio criterio para decisiones exclusivamente automatizadas con efectos jurídicos o igualmente significativos. No prohíbe toda decisión de RR. HH. asistida por IA.
El artículo 27 no exige una FRIA a cada empleador privado. Se dirige a organismos públicos, entidades privadas que prestan servicios públicos y determinados usos en crédito y seguros de vida o salud. Puede seguir siendo necesaria una DPIA conforme al GDPR. Si la IA afecta al salario, revise la norma nacional vigente y nuestro artículo sobre transparencia salarial. Empiece por una auditoría técnica. Inventarie herramientas y fines, pida pruebas al proveedor, pruebe flujos y documente la decisión humana. Contáctenos si necesita evaluar un ATS o sistema de RR. HH.